Etiqueta: impuesto

  • Viene gasolinazo, termina apoyo a gasolina Premium

    Viene gasolinazo, termina apoyo a gasolina Premium

    La medida de apoyo por parte de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público (SHCP), aplicada a los precios de los combustibles volvió a disminuir y totalmente para la gasolina premium.

    En la publicación del Diario Oficial de la Federación (DOF) menciona que a partir del 8 y hasta el 14 de junio, la gasolina premium se quedará sin monto de estímulo al Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS).

    Esto implica que los precios de la gasolina premium podrán variar al alza, afectando a la economía de los automovilistas.

    El apoyo para el diésel continuará, al ser de 19.75 por ciento, mientras que para la gasolina magna del 22.85 por ciento.

    Cabe destacar que tres semanas atrás, la medida de apoyo para el combustible premium era el menor, al cierre de esta semana es del 0.96 por ciento.

    Viene gasolinazo, termina apoyo a gasolina Premium
  • Suiza rechaza hacer un impuesto nuevo

    Suiza ha rechazado de forma clara y directa crear un nuevo impuesto.
    Los suizos rechazaron masivamente este domingo la creación de una Renta de Base Incondicional (RBI), un proyecto revolucionario que dio lugar a intensos debates, según las primeras tendencias difundidas por la televisión pública suiza.
    Por ello mismo ahora Suiza tiene que buscar la forma más sencilla y menos dolorosa al bolsillo de los ciudadanos, el hacerse de los recursos que se necesitan.
    Las mesas electorales cerraron a las 12h locales (10h GMT) y los resultados definitivos se conocerán a comienzos de la noche.
    Alrededor del 78% de los votantes rechazaron la propuesta de esta renta, según una proyección nacional del instituto de sondeos gfs.bern difundida por la televisión pública.
    En cambio, el 66% de los votantes aprobó una reforma del derecho de asilo y el 61% respaldó la autorización del diagnóstico genético preimplantacional (DGP), otras dos propuestas sometidas a referéndum.
    «Los suizos votaron de forma realista», declaró en la televisión RTS Andreas Ladner, profesor de la Universidad de Lausana.
    Suiza rechaza hacer un impuesto nuevo

  • Obama propondrá un impuesto de USD 10 por barril de petróleo

    Barack Obama propondrá un impuesto de USD 10 por barril de petróleo. El presidente de Estados Unidos, Barack Obama, propondrá que en el curso de los próximos cinco años se grave con 10 dólares cada barril de petróleo para financiar inversiones en transportes «limpios», anunció este jueves la Casa Blanca.
    Esta propuesta, que se incluirá en el presupuesto 2017 que el gobierno estadounidense presentará la semana próxima, no tiene prácticamente ninguna posibilidad de ser aprobada por el Congreso, cuyas dos cámaras están controladas por los republicanos. Estos se oponen ferozmente a cualquier ley contra el cambio climático.
    Este «canon» sobre el barril, que sería abonado por los grupos petroleros, permitiría «estimular la innovación en tecnologías verdes y transformar el sistema de transporte en las próximas décadas», señala la Casa Blanca, que recordó que el sector de los transportes representa el 30% de las emisiones de gases de efecto invernadero de Estados Unidos.
    Este impuesto permitiría además ofrecer un «estímulo claro a la innovación en el sector privado para reducir nuestra dependencia del petróleo», agrega el Ejecutivo estadounidense.
    Obama propondrá un impuesto de USD 10 por barril de petróleo

  • NO a la baja del impuesto en los refrescos

    El Senado puso freno a la reducción de 50% del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) a los refrescos light y otras bebidas con cinco gramos de azúcar o menos por cada 100 mililitros. ¿Y quienes son los que estan trinando? pues los productores de refrescos.
    Las comisiones unidas de Hacienda y Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores aprobaron discutir en el pleno la no reducción del IEPS en este tipo de bebida ante la presión de diferentes organizaciones civiles, así como de especialistas, quienes argumentan el impacto en la salud, ya que México ocupa los primeros lugares en diabetes y obesidad. Con esto el cambio de señales que envio la camara de diputados quiza billeteados por las refresqueras ha sido modificado.
    No sólo eso, también piden modificar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) para el régimen de incorporación fiscal, en el cual se propone incremento de 100 a 250 mil pesos en los ingresos de los establecimientos para que expidan comprobantes fiscales. Así que los cambios vienen un poco más extensos que solo no aprobar la disminución de los impuestos en los refrescos.
    Por parte del precio de las gasolinas se fijó como parámetro que el valor máximo y mínimo de la banda de precios estén sujetos a la inflación para que los precios estén fluctuando respecto a dicho indicador. NO que se apruebe un incremento como lo viene manejando la izquierda radical de México, llamese Morena.
    NO a la baja del impuesto en los refrescos

  • Fin de tenencia en DF? solo intercambio

    en el df el cambio de impuesto sera una realidad

    Sabíamos muchos que no seria así de fácil. En el Distrito Federal ya tenemos una idea de que nuestras autoridades no dan (como vulgarmente se dice) paso sin huarache. Lo digo ya que si bien Marcelo Ebrard acaba de anunciar hace unos días el fin del cobro de la tenencia vehicular, ahora sabemos también que hay un nuevo impuesto que le vendría a suplir. La cuestión es que este nuevo impuesto estaría directamente destinado para cuestiones ecológicas por lo cual poca gente podría hacerle el feo o quizá protestar por el mismo. Lo cierto, es que las finanzas del GDF así como de la Federación, deberán tener en cuenta de que suprimir impuestos por mas ilógicos o añejos que sean, podría provocar u descalabro para los ciudadanos y el país entero.

  • Honduras tendra impuesto vs narcotrafico

    Honduras tendra impuesto vs narcotrafico

    un impuesto para pagar el combate al crimen organizado

    No me mal interprete, no es que el gobierno hondureño quiera cobrarle impuesto los narcotraficantes, sino a todos los ciudadanos para combatirles. En el marco de la reunión por la seguridad y combate al narcotráfico, el presidente dijo que tendría que cobra un impuesto a los hondureños para combatir este flagelo que es el narcotráfico, siendo que Estados Unidos NO prohíbe la venta de armas ni tampoco es corresponsable de que es la sociedad que más consume drogas. Honduras es una nación pequeña que no tiene los recursos para combatir siquiera un solo cartel como el de los Zetas en su territorio.

  • Record en pago del predial

    La Secretaría de Finanzas del Gobierno capitalino informó que a cuatro días hábiles de haber iniciado 2011, logró una recaudación histórica de predial que asciende a más de 600 millones de pesos.

    La dependencia precisó que uno de cada cinco pesos que se recaudan de este gravamen se obtiene a través de los portales de pago en internet, por lo que cada año este medio se consolida como una de las mejores vías para el pago de impuestos.

    En virtud de que el descuento al predial es mayor este año û-7 por ciento- y que la promoción finaliza el 17 de enero, la Tesorería del Distrito Federal cuenta con más de dos mil personas que trabajan en las oficinas para apoyar a los contribuyentes, explicó.

    Dicho personal atiende a alrededor de 25 mil contribuyentes diariamente, en comparación con el promedio de 12 mil del año pasado.

    Recordó a la población que para ser beneficiarios de este descuento es recomendable obtener una nueva línea de captura a través del portal www.finanzas.df.gob.mx, o en Contributel en el número telefónico 55 8833 88.

    A fin de brindar un mejor servicio, los horarios de atención de la Tesorería se ampliaron de 07:00 a 18:00 horas en días hábiles y sábados y domingos de las 08:00 a las 15:00 horas. El próximo fin de semana el horario de atención será de 08:00 a 18:00 horas.

    Con respecto a Contributel, la capacidad del centro de llamadas de la Secretaría de Finanzas se ha multiplicado por tres, ya que el año pasado recibía hasta mil llamadas diarias y para 2011 se atenderá hasta tres mil llamadas.

    ¿Quiere saber más?

    No pagaran impuestos colonias inundadas

    PRI presenta propuesta de reforma politica

  • Veracruz en problemas economicos

    En Veracruz, el gobernador Javier Duarte admitió que recibió a un estado en crisis, sin liquidez y urgido de recursos. Por esto propuso anular el subsidio a la tenencia y ampliar el impuesto a la nómina.
    En el proyecto para aprobar estas modificaciones, el mandatario argumentó que los huracanes que la entidad padeció este año provocaron el problema.

    No obstante, Veracruz es el segundo estado con el peor í­ndice de desempeño financiero de las 32 entidades.

    El gobierno de Michoacán, en tanto, rebasó el 5% permitido por la Constitución estatal y la federal en materia de deuda pública. Este fin de año, el estado debe pagar nueve mil millones de pesos.

    Además, el Ejecutivo estatal pretende que cuatro mil 800 millones de pesos de deuda sean reestructurados a 25 años.

    En Xalapa, el gobernador de Veracruz, Javier Duarte, admitió que recibió un estado en crisis, sin liquidez y urgido de recursos, como lo establece en la exposición de sus iniciativas para anular el subsidio general al Impuesto a la Tenencia Vehicular y ampliar la base gravable del Impuesto a la Nómina.

    Duarte argumentó que en la situación financiera tiene que ver la devastación que sufrió Veracruz por la presencia de dos fenómenos meteorológicos en septiembre y octubre pasados.

    En la exposición de motivos de la iniciativa que reforma el Decreto 838, publicado en la Gaceta Oficial 230, del 21 de julio del 2010, el gobernador Duarte de Ochoa explicó que por espí­ritu de justicia social y equidad tributaria propuso delimitar el universo de contribuyentes respecto de la tenencia.

    El decreto emitido por su predecesor, Fidel Herrera, establece â??un subsidio del 100 por ciento del Impuesto sobre la Tenencia o Uso de Vehí­culos a las personas fí­sicas o morales registradas en el padrón vehicular y al corriente en el pago de sus obligaciones anterioresâ?.

    Ahora, se pretende que paguen tal gravamen los propietarios cuyos vehí­culos tengan un valor superior a los 230 mil pesos.

    Entre los argumentos esgrimidos en la iniciativa destaca que â??la recuperación de recursos es de suma importancia porque los daños sufridos en el estado por los desastres naturales han mermado las finanzas estatalesâ?.

    El Ejecutivo estatal adujo que es necesario destinar recursos a obras de infraestructura en las zonas afectadas y reactivar el empleo.

    â??El gobierno del estado debe actuar con seriedad y responsabilidad ante este panorama financiero que de no atenderse de inmediato podrí­a afectar los procesos de reactivación económica y la reconstrucción del estadoâ?, argumentó en la iniciativa.

  • Diputados quieren quitar impuestos a vuelos domesticos

    El PRD en la Cámara de Diputados y el secretario de Turismo del Distrito Federal, Alejandro Rojas Dí­az Durán, promueven una iniciativa de ley para aplicar la deducibilidad en el cobro de impuestos en viajes nacionales comercializados por paquetes turí­sticos en el paí­s.

    En conferencia de prensa, el funcionario capitalino destacó que los beneficios especí­ficos de la propuesta de reformar el artí­culo 15 de la Ley General del Impuesto al Valor Agregado es que reactivará el turismo nacional y generará derrama económica, entre otras.

    â??Con la aplicación de una medida fiscal de este tipo, se tendrí­a una derrama económica adicional de alrededor de 3 mil millones de pesos al año, teniendo como meta el incremento de un 25 por ciento más en la venta de paquetes turí­sticos a nivel nacional que permitirí­a que 1.4 millones de mexicanos realicen un viaje por temporada vacacional, con un costo de 16 por ciento menorâ?, dijo.

    La vocera perredista, Leticia Quezada Contreras destacó que para la bancada de la Revolución Democrática es una prioridad el turismo por lo que aseguró que el PRD apoyará la propuesta del secretario de Turismo del Gobierno del Distrito Federal, Alejandro Rojas Dí­az Durán, la cual generarí­a una derrama económica generosa.

    En su momento, el diputado Armando Rí­os Piter (PRD) adelantó que el próximo jueves presentará una iniciativa ley que estará complementada con la propuesta del funcionario del Gobierno del Distrito Federal con el fin de fortalecer el mercado interno.

    â??El turismo se encuentra como un sector que no se ha logrado explotar lo suficiente en términos de la viabilidad que le puede dar a la generación de recursos y una menor dependencia a este modelo que tenemos actualmente solamente de transferencias con el extranjeroâ?, dijo

  • Que es el IETU

    Antecedentes

    Impuesto aplicable en México. La Ley del Impuesto Empresarial a Tasa í?nica fue aprobada por el Congreso de la Unión el 1° de junio de 2007, como parte del paquete de Reforma Fiscal propuesto por el Ejecutivo encabezado por el Presidente Felipe de Jesús Calderón Hinojosa. Dicha Ley entró en vigor el 1 de enero del 2008.

    Sujetos

    Conforme a lo previsto en el artí­culo 1 de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa í?nica vigente, están obligadas al pago del impuesto empresarial a tasa única, las personas fí­sicas (con actividad empresarial o régimen intermedio) y las morales residentes en territorio nacional, así­ como los residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el paí­s, por los ingresos que obtengan, independientemente del lugar en donde se generen, por la realización de las siguientes actividades:
    Enajenación de bienes.
    Prestación de servicios independientes.
    Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes y servicios

    Tasa

    La tasa del IETU es del 17.5%, pero en los transitorios de la ley, estipula que para el ejercicio del 2008 la tasa era del 16.5%, para el 2009 del 17% y para el 2010 y ejercicios subsecuentes esta será del 17.5%. En resumen, lo que se pagará será la cantidad que de los ingresos obtenidos (ganancia por venta de bien o servicio), menos las deducciones debidamente requisitadas, y que son conforme a derecho, dando un resultado que se multiplicara por 0.175. Dando así­ el impuesto a proporcionar al gobierno mexicano.

    Base

    El impuesto empresarial a tasa única se calcula aplicando la tasa del impuesto a la cantidad que resulte de disminuir de la totalidad de los ingresos percibidos por las actividades gravadas descritas anteriormente, las deducciones autorizadas que establece esta Ley.

    Ingresos percibidos

    Para efectos de esta Ley, se consideran ingresos percibidos aquellos que fueron efectivamente cobrados durante el ejercicio, en los términos de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

    Ingresos Exentos

    Los obtenidos por la Federación, las Entidades Federativas, los Municipios, los órganos constitucionales autónomos y las entidades de la administración pública paraestatal.

    Partidos, asociaciones, coaliciones y frentes polí­ticos legalmente reconocidos.

    Sindicatos obreros

    Asociaciones o sociedades civiles organizadas con fines cientí­ficos, polí­ticos, religiosos y culturales.

    Cámaras de comercio e industria, agrupaciones agrí­colas, ganaderas, pesqueras o silví­colas, colegios de profesionales, asociaciones patronales, y los organismos que conforme a la ley agrupen a las sociedades cooperativas, ya sea de productores o de consumidores.

    Las instituciones o sociedades civiles administradoras de fondos o cajas de ahorro, las sociedades cooperativas de consumo, las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo autorizadas para operar como entidades de ahorro y crédito popular.

    Asociaciones de padres de familia y las sociedades de gestión colectiva.

    Los obtenidos por personas morales con fines no lucrativos o fideicomisos, autorizados para recibir donativos deducibles en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

    Los que perciban las personas fí­sicas y morales, provenientes de actividades agrí­colas, ganaderas, silví­colas o pesqueras, que se encuentren exentos del pago del impuesto sobre la renta.

    Los que se encuentren exentos del pago del impuesto sobre la renta.

    La enajenación de partes sociales, documentos pendientes de cobro y tí­tulos de crédito, con excepción de certificados de depósito de bienes y de certificados de participación inmobiliaria no amortizables,

    La enajenación de moneda nacional y moneda extranjera, excepto cuando la enajenación la realicen personas que exclusivamente se dediquen a la compraventa de divisas (más del 90% de sus ingresos).

    Las personas fí­sicas cuando en forma accidental realicen alguna de las actividades gravadas.

    Deducciones Autorizadas para efectos del IETU

    Los contribuyentes que se encuentren obligados al pago del impuesto empresarial a tasa única, podrán disminuir las siguientes deducciones:
    Erogaciones por la adquisición de bienes, de servicios independientes o por uso o goce temporal de bienes, o para la administración, producción, comercialización y distribución de bienes y servicios.

    Las contribuciones a cargo del contribuyente pagadas en México (erogaciones no deducibles).

    El impuesto al valor agregados o el impuesto especial sobre producción y servicios cuando el contribuyente no tenga derecho a acreditarlos

    Las contribuciones a cargo de terceros pagadas en México cuando formen parte de la contraprestación excepto el ISR retenido o de las aportaciones de seguridad social.

    Erogaciones por aprovechamientos, explotación de bienes de dominio público, por la prestación de un servicio público sujeto a una concesión o permiso, siempre que sean deducibles para ISR.

    Las inversiones nuevas que sean deducibles para el IETU adquiridas en el periodo del 1 de septiembre al 31 de diciembre del 2007, hasta por el monto de la contraprestación efectivamente pagada por estas inversiones en el citado periodo. El monto se deducirá en una tercera parte en cada ejercicio fiscal a partir de 2008, hasta agotarlo.

    Las devoluciones de bienes que se reciban, de los descuentos o bonificaciones que se hagan, así­ como de los depósitos o anticipos que se devuelvan siempre que los ingresos de las operaciones que les dieron origen hayan estado afectos al IETU.

    Indemnizaciones por daños y perjuicios y penas convencionales

    La creación o incremento de las reservas matemáticas vinculadas con los seguros de vida o seguros de pensiones.

    Las cantidades que paguen las instituciones de seguros a los asegurados o a sus beneficiarios cuando ocurra el riesgo amparado y las cantidades que paguen las instituciones de fianzas.

    Los premios que paguen en efectivo las personas que organicen loterí­as, rifas, sorteos o juegos con apuestas y concursos de toda clase, autorizados conforme a las leyes respectivas.

    Los donativos no onerosos ni remunerativos. (Pero solo a un 7.5 por ciento de las utilidades anuales de la persona que dona, es decir NO TODO EL DONATIVO SERA AFECTO A DEDUCCION DE IMPUESTOS.)

    Las pérdidas por créditos incobrables por:

    Los servicios por los que devenguen intereses a su favor.

    Las quitas, condonaciones, bonificaciones y descuentos sobre la cartera de créditos que representen servicios por los que devenguen intereses a su favor.

    Las pérdidas originadas por la venta de su cartera y por aquellas pérdidas que sufran en las daciones en pago.

    Las pérdidas por créditos incobrables y caso fortuito o fuerza mayor, deducibles en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta, correspondientes a ingresos afectos al IETU, hasta por el monto del ingreso afecto al IETU

    La mayorí­a de las empresas se ampararon contra este impuesto alegando inconstitucional la eliminación de la deducción del activo fijo adquirido antes de septiembre de 2007, ya que éste, a pesar del crédito en disposiciones transitorias, no podrá ser deducido en su totalidad