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  • Agora

    Uno de los sentidos teleológicos del Derecho es buscar el bien común o, como afirmaba el doctor Héctor González Uribe, el bien público temporal.

    Asimismo la ciencia jurí­dica asume la regulación de la conducta externa de las personas y, ante la dificultad o imposibilidad de evitar los conflictos, da solución a los que así­ se lleguen a presentar.

    Para ello es necesario el establecimiento de órganos encargados de administrar justicia. Al efecto son creados los llamados órganos jurisdiccionales. Particularmente hablamos de la autoridad judicial la que constituye uno de los tres poderes en que se divide el ejercicio de competencias estatales.

    La administración de justicia se materializa en los tribunales creados por el Estado y cuya misión es â??decir el derechoâ?, es decir, interpretar y aplicar las normas jurí­dicas a los casos concretos.

    En otras palabras, cuando al juez se le presenta un hecho en el cual se plantea un conflicto de intereses, el titular del juzgado debe entrar al estudio del caso y, consecuentemente, resolver respecto del mismo. Para ello superpone el caso especí­fico al supuesto o hipótesis normativa para, de esta forma, desprender la disposición o consecuencia jurí­dica que resuelve dicho caso concreto.

    En esta tesitura, la actuación de los juzgadores es particularizar la norma general a un caso concreto generándose, así­, la norma jurí­dica individualizada, en la especie, una sentencia.

    En el caso de nuestro paí­s, debemos considerar que existen diversas clases de tribunales, ello en atención a diversos criterios como pueden ser territorio, materia, cuantí­a, grado y asimismo, en cuanto a la calidad de la â??justiciaâ? que es impartida: jueces civiles, penales, del Distrito Federal, de otros Estados, de paz, salas, juzgados de distrito, corte, tribunales militares, tribunales eclesiásticos, etc.

    La naturaleza jurí­dica de las normas impone el ambiente en que debe desenvolverse un proceso o, como coloquialmente se dice, un juicio.

    En todos los casos los jueces, magistrados y ministros encargados de conocer de los litigios tienen la obligación, en la esfera de sus competencias, de resolver el asunto que se les plantea, todo de conformidad al principio de legalidad cuya lectura nos señala tanto la obligación de que la autoridad siga lo que señala la ley y que aquella sólo puede hacer lo que esta le permite.

    A través de la hermenéutica jurí­dica los juzgadores interpretan las normas jurí­dicas tratando de dilucidar el sentido que el legislador intentó plasmar en la ley. Es de señalar que ante las â??lagunas de la leyâ? el administrador de justicia dispone de recursos ya que, si bien la ley puede tener â??huecosâ?, no sucede así­ con el Derecho, el cual establece diversos métodos y recursos para dar solución legal a lo que se les plantea, por ejemplo, a través de la integración.

    * Carin es amante de los números, estudioso de la filosofí­a, abogado y amigo de El Enigma. Columnista de Solo-Opiniones

  • Censo en problemas por delincuencia

    Para evitar la violencia del crimen organizado en la entidad, los encuestadores del Instituto Nacional de Estadí­stica y Geografí­a (INEGI) trabajarán en grupos, no censarán casas donde se sospecha estén relacionadas con la delincuencia y esperarán a que la policí­a y el Ejército les den permiso para entrar en ciertas zonas.

    Así­, tras la violencia que padecen los habitantes de la entidad, el INEGI recomienda a sus entrevistadores cuatro puntos que serán esenciales para evitar que sean ví­ctimas de una acción del narcotráfico o de la guerra que libran entre sí­ grupos antagónicos. Una medida, extrema de ser necesaria, es no levantar el censo.

    Para Excélsior, la coordinadora estatal del INEGI, Tomasa Badillo, habló sobre las acciones que aplicarán para evitar que algún encuestador se arriesgue durante el Censo de Población y Vivienda 2010, a realizarse desde mañana hasta el 25 de junio en todo el paí­s.

    â??¿Qué hacer cuando el INEGI llegue a una casa en donde todos sospechan que es de algún narcotraficante?

    â??La instrucción es: si ustedes detectan una situación en este sentido, retí­rense, no hagan ninguna anotación en el cuestionario, porque sabemos que puede ser seguido; tampoco la clasifique ni la señale.

    â??Hay que avisar al supervisor, y que ni el supervisor ni el responsable superior vayan a verificar si es cierto el aviso. No hay que arriesgarse, simplemente esa vivienda se deja así­, sin censar.â?

    La funcionaria enumeró cuatro puntos de seguridad que han sido remarcados a los entrevistadores en Chihuahua. Uno de ellos, el esencial, es que ningún encuestador debe arriesgar su vida cuando, por sentido común, se percate que una determinada vivienda no están dadas las condiciones para levantar el cuestionario.

    Segundo, los recorridos para hacer las entrevistas no se harán de manera individual, sino que se realizarán en parejas o, incluso, en grupos mayores de 20 o 50 encuestadores