Etiqueta: codigo

  • 12 conductas erroneas al conducir

    Todo conductor siempre tiene un problema, el conducir.

    La mayoría de los conductores en México no conocen el reglamento de tránsito, saben las normas fáciles de aprender y que son las básicas, como no pasarse una luz roja, ceder el paso al peatón, amén de no pararse en ciertos espacios reservados, etc.

    Y aun así las infringimos.

    Por eso mismo una organización en México dio las 12 conductas erróneas que los conductores tenemos, ¿las quiere conocer?

    Identificados como factores de riesgo, dichas conductas incorrectas son:

    1.- Sujeción del volante.
    2.- Cambio de carril / luces direccionales.
    3.- Distancia de seguridad.
    4.- Límite de velocidad.
    5.- Uso del cinturón de seguridad.
    6.- Uso del pedal de embrague (clutch).
    7.- Distracciones al conducir.
    8.- Respeto al peatón y sus áreas confinadas.
    9.- Conocimiento del reglamento de tránsito
    10.- Cambio de velocidad
    11.- Licencia de conducir
    12.- Uso del freno.

  • Diputados bolivianos, permiten niños tengan sexo

    El Congreso boliviano, dominado por el partido del presidente Evo Morales, aprobó una ley que incluye un aparte que consiente las relaciones sexuales consensuadas entre niños de 12 años o más, denunciaron hoy parlamentarios opositores.

    La diputada opositora Norma Piérola dijo a los medios que uno de los artículos indica que se castigará penalmente con 20 y 25 años de prisión a quien tenga relaciones sexuales con menores de 14 años.

    «Quedan exentas de esta sanción las relaciones consensuadas entre adolescentes mayores de 12 años, siempre que no exista diferencia de edad mayor de tres años entre ambos y no se haya producido violencia ni intimidación«, indica el aparte del artículo cuestionado.

    A juicio de Piérola, este párrafo da «libertad» a los niños de esa edad para que tengan relaciones sexuales, por lo que lamentó que el oficialismo no haya tenido en cuenta las críticas y recomendaciones de la oposición para modificar la norma.

    El diputado oficialista Juan Carlos Sejas replicó que un artículo similar al criticado por la oposición está vigente desde 1999 en el Código Penal para proteger a los menores de 16 años que «no son sujetos de sanción penal».

    Negó que con la norma se fomenten las relaciones sexuales entre niños de 12 años e insistió en que el artículo se aplica «en casos excepcionales».

    El proyecto de ley fue propuesto por el presidente de la cámara baja, el oficialista Héctor Arce, para reformar el Código Penal boliviano con el fin de proteger a los niños y adolescentes de las agresiones sexuales.

    La norma también fija sanciones de 10 a 15 años de cárcel a quien contagie el sida a niños y de un mes a tres años de prisión a las personas que transmitan cualquier enfermedad venérea a menores.

    El rapto de mujeres menores de 15 años, incluso bajo su consentimiento, será sancionado con uno a tres años de prisión.

  • SCJN debatira constitucionalidad de juicios orales

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizará la constitucionalidad de los juicios orales, para determinar si este procedimiento respeta la garantía constitucional de audiencia, para de esta manera emitir un criterio, toda vez que se prevé que varios estados incluyan este tipo de procedimientos.

    El caso que resolverán los ministros de la Primera Sala se refiere a la legislación respectiva en el estado de Puebla, pero lo consideraron un tema relevante, pues «puede apreciarse una tendencia a incluir este tipo de procesos en la legislación de varias entidades federativas».

    La Sala de la Corte aprobó atraer el caso para determinar su constitucionalidad, pues el procedimiento en la entidad emplaza al demandado a una audiencia de conciliación y excepciones, y en caso de no acudir en los términos fijados, se asientan por ciertos los hechos que se afirman en la demanda y el juez dicta la sentencia correspondiente.

    El asunto se originó a partir de una controversia civil, respecto a varios artículos del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla que regulan el procedimiento del juicio oral sumarísimo.

    Este procedimiento se refiere al emplazamiento del demandado para la audiencia de conciliación y excepciones durante los cinco días siguientes y a la hora fijada ante la presencia judicial, y de no acudir, se le declara responsable de los hechos afirmados por el demandante y se le dicta sentencia.

    El quejoso consideró que este procedimiento de juicio oral viola la garantía de audiencia constitucional, y la Suprema Corte consideró de importancia atraer el caso, pues no se ha pronunciado respecto al tema

  • China ya tiene su versión de Google Earth

    Un organismo del Gobierno chino ha presentado su propio servicio de mapas en línea, diseñado para competir con el popular servicio de cartografía satelital Google Earth, lo que podría significar nuevos problemas para los servicios de Google en la China continental.

    Google y China han estado en disputa desde el año pasado, cuando un serio ataque de piratas informáticos con base en China llevó al gigante de internet a retirar su motor de búsqueda desde el territorio continental.

    «Map World» fue presentado el jueves por la Oficina Estatal de Vigilancia y Mapas, y se puede acceder a él a través de www.tianditu.cn. La página principal presenta una amplia vista de la Gran Muralla China, coronada por nubes con la forma de los continentes.

    Google no había solicitado licencia para los mapas en internet en China, dijo un diario local en lengua inglesa, pero el servicio cartográfico de Google es accesible desde computadores en la China continental.

    Las normas emitidas por la oficina en mayo exigen a las compañías que brinden servicios de cartografía y ubicación que soliciten una licencia. Para poder postular, las firmas deberán tener los servidores que almacenen los datos de mapas dentro del país.

    Google dijo en ese momento que estaba estudiando las nuevas normas, las que dan a China el derecho de cerrar a los proveedores que no califiquen para una licencia.

    El sitio de videos en internet de Google, YouTube, y el servicio de fotografías Picasa están bloqueados en China, y en algunas oportunidades es difícil acceder al servicio Google docs. Las búsquedas que se originan en China son dirigidas a sus motores de búsqueda con base en Hong Kong.

    Al menos algunas de las imágenes de alta resolución de Map World del centro de Pekín parecen haber sido tomadas el 1 de octubre del 2009, cuando las calles fueron despejadas para los tanques y soldados en el Día del Desfile Nacional, que son visibles en las calles.

    Map World sólo entrega imágenes de alturas elevadas fuera de China y el otro lado de la frontera entre China y Corea del Norte aparece en blanco después de que se logra cierta resolución. Otros países también pasan a una página en blanco después de cierta resolución.

    Taiwán, que China reclama como una provincia renegada, no puede ser vista a la misma resolución que la China continental.

    Gran parte de los mapas en China aún están sujetos a restricciones de secreto estatal, lo que genera dolores de cabeza para las compañías mineras que no pueden realizar imágenes de alta resolución para estudiar depósitos, e incluso a algunos excursionistas.

  • Empleado de Google viola privacia

    Google anunció que despidió a uno de sus ingenieros «porque violó la estricta política interna de respeto de la vida privada» y accedió a la información de cuentas de al menos cuatro menores de edad.

    A través del blog de la empresa de internet, Bill Coughran, vicepresidente de ingeniería de la compañía, anunció que el trabajador de 27 años había sido despedido por romper las estrictas políticas de privacidad de la firma del buscador más usado en el mundo.

    «En relación a una información acerca de un ingeniero de Google que violó políticas de privacidad, queremos confirmar que hemos despedido de la compañía a un empleado, David Barksdale, por violar las estrictas políticas de privacidad de Google», señaló.

    «Controlamos el número de empleados que pueden acceder a nuestros sistemas y actualizamos regularmente nuestros controles de seguridad. Por ejemplo, actualmente estamos incrementando fuertemente el tiempo que dedicamos a auditar nuestros logs (registros) para asegurar que esos controles sean efectivos. Así y todo, siempre será necesario que un número limitado de personas puedan acceder a nuestros sistemas para poder operarlos como corresponde. Por eso, tomamos tan seriamente cualquier violación a nuestros códigos de privacidad», dijo.

    El directivo de Google aseguró que Barksdale había tomado ventaja de su posición como miembro de un grupo de técnicos de la ciudad de Seatle, que tiene acceso a las cuentas de los usuarios.

    A pesar de que la información difundida por la firma de Mountain View no es clara, según datos del sitio Gawker, el ingeniero de Google se hizo amigo de un adolescente de 15 años, del cual interceptó llamadas de voz debido a que éste no le quiso dar el nombre de su novia.

    Barksdale intervino las llamadas que el joven realizaba a través del servicio Google Voice que la empresa lanzó hace poco más de un año.

    Otra de las violaciones que el ingeniero de Google realizó, según Gawker, consistió en acceder a la lista de contactos y transcripción de conversaciones para averiguar información personal de usuarios adolescentes de ambos sexos.

    El sitio web asegura que las motivaciones de Barksdale no tenían que ver con fines sexuales, sino más bien con el hecho de demostrar su poder con la información a la que tenía acceso.

    Ante esto, Coughran aseguró que la compañía estadunidense ya vigila atentamente a los empleados de la denominada SRE (Site Reliability Engineers), es decir, el grupo de ingenieros de Google que tienen acceso a datos confidenciales, con la finalidad actualizar los controles de seguridad.

    El problema desatado por el ex empleado de Google se da en medio de la polémica que ha surgido acerca de la protección de los datos personales en internet, mismos en los que la firma del buscador, junto con Facebook, son los ejemplos más renombrados en este tipo de abusos.

    Antes, Google se había visto inmiscuido en problemas de este tipo con servicios como el de su red social Buzz, lanzada a principios de este año, y con su servicio Street View.

    Al parecer, los padres de los adolescentes cuyas cuentas de Gmail fueron violadas por Barks-dale fueron quienes denunciaron el hecho con Eric Grosse, uno de los encargados del SER, el cual les respondió que investigarían de forma discreta y los mantendría al tanto por si necesitaran más información.

    Los hechos de violación a la privacidad fueron concebidos en primavera de este año, según Gawker, y fue hasta julio cuando los confirmaron y determinaron el despido de Barksdale.

    Google tiene alrededor de 200 millones de usuarios de Gmail, mismos que pueden utilizar los distintos servicios como Voice, lanzado en marzo del año pasado, o bien la red social Buzz que se lanzó en febrero de este año.

    La postura de la compañía de internet, a través de Cough-ran, indica que incrementarían el grado de seguridad.

    El ejecutivo de Google confirmó la necesidad de que un grupo limitado de empleados pudiese tener acceso a las cuentas, así como a otros datos con la finalidad de que los servicios funcionen correctamente, de acuerdo con su blog.

  • Greenpeace revisa ley de biodiversidad

    Incumplimiento de métodos de bioseguridad y monitoreo, falta de registro de las acciones de control y seguimiento experimental, conflicto de interés y no incineración del maíz transgénico cultivado son algunas de las violaciones a la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados (LBOGM) y al Código Penal Federal (CPF) que denunció la organización ambientalista Greenpeace en las primeras siembras experimentales de maíz transgénico en Chihuahua, Sinaloa, Sonora y Tamaulipas.

    El colectivo presentó este día un documento, que dijo le fue remitido por la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), en el que se expone «la existencia de presuntas anomalías en 123 puntos inspeccionados, sólo en el estado de Sinaloa».

    En conferencia de prensa, Aleira Lara, coordinadora de la campaña de agricultura sustentable y transgénicos de Greenpeace México, detalló que esta situación resulta aún «más alarmante» si consideramos, dijo, que no existe un programa de verificación a nivel nacional de los 24 permisos de liberación al ambiente de maíz genéticamente modificado (GM) emitidos por la Secretaría de Agricultura.

    Explicó que la organización ambientalista presentó una denuncia ante la Profepa, en la que Greenpeace México exigió el inicio de un proceso de investigación, además de la cancelación de los permisos emitidos para sembrar maíz transgénico.

    Por otra parte, agregó, en respuesta a solicitudes de información realizadas por la organización a través de la Ley Federal de Transparencia: el Servicio Nacional de Sanidad Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica) y el Instituto Nacional de Investigaciones Forestales, Agrícolas y Pecuarias (Inifap) proporcionaron la siguiente información:

    «Senasica reportó que las siembras solicitadas por la empresa Pioneer-PHI México, no se efectuaron en el predio destinado para tal fin», dijo Aleira Lara.

    En tanto, el Inifap dio a conocer, dijo Greenpeace México, que no participó en las siembras autorizadas en los estados de Sonora, Sinaloa, Tamaulipas y Chihuahua, «a pesar de que en las solicitudes de las empresas y los dictámenes de los permisos señalan que la siembra experimental se realizará en los campos del instituto».

    Explicó que la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (Conabio) recomendó que la experimentación, «sin excepción alguna», debía realizarse dentro de terrenos responsabilidad de las instituciones públicas de investigación agrícola de México.

    Lo anterior con el propósito de que el gobierno mexicano «asuma la total responsabilidad respecto a las liberaciones y a su desempeño seguro».

    Greenpeace informó que las siembras se llevaron a cabo en terrenos privados de agricultores cooperantes de las empresas.

    Además denunció que las empresas Monsanto, Dow AgroSciences y Pioneer-PHI México, tomaron la determinación de violar la condicionante al permiso otorgado relativa a destruir en el mismo predio por medio de incineración (inmediatamente después de haber concluido el ensayo) todo el material que se haya derivado de la experimentación, y en su lugar, trituraron y enterraron los materiales.

    «Ante tantas anomalías los resultados de esta etapa no son confiables ni pueden darse por válidos como referencia de la inexistencia de riesgos o de los beneficios de este tipo de cultivos, como pretenden hacer creer las empresas», explicó María Colín, asesora legal de Greenpeace.

    «Cualquier solicitud que presenten las empresas debe ser denegada en estos momentos ante la falta de certidumbre jurídica que impera en materia de bioseguridad para el centro de origen y diversidad de dicho cultivo», agregó la litigante del grupo ecologista

  • Mark Zuckerberg podria ser ejecutado

    El co fundador de la red social Facebook, Mark Zuckerberg fue acusado en Pakistán de blasfemia, por lo cual podrí­a ser condenado a cadena perpetua o incluso a la pena de muerte.

    Zuckerberg es investigado por blasfemia después de que una usuaria alemana que se hací­a conocer bajo el seudónimo de «Andy» convocara un concurso de dibujo sobre Mahoma, el dí­a 19 de mayo.

    Esta invitación fue retirada a fines del mes pasado luego de que el acceso de la página fuera bloqueado por autoridades paquistaní­es.

    Tras la desaparición del concurso, un juez del Tribunal Supremo de Pakistán recibió un primer informe en el cual se acusaban a los dueños de Facebook por cometer un delito grave, al violar el artí­culo 295-C del código Penal de Pakistán.

    Concretamente el apartado 295-C del Código Penal pakistaní­ dice â??El uso de comentarios despectivos, en relación con el Santo Profeta, por medio de palabras, ya sean habladas o escritas, o mediante la representación visible, ya sea directa o indirectamente, que profanen el sagrado nombre del Profeta Muhammad Santo, serán castigados con la muerte, o prisión de por vida, y también con el pago de una multaâ?.

    El abogado activista , Azhar Muhammad Sidiqque, dijo estar esperando ponerse en contacto con la Interpol para los preparativos necesarios para la detención de los propietarios de Facebook y «Andy». Parece que incluso se ha pedido elevar la cuestión a la Asamblea General de la ONU

  • Cuots escolares, ¿a tela de discusion en Qro?

    El diputado local José Luis Aguilera Rico se pronunció por discutir la iniciativa de ley de su autoría, a fin de reformar el Código Penal estatal y castigar con prisión a quien obligue a los padres de familia a cubrir una cuota escolar.

    El presidente de la Junta de Concertación Política dijo que ese compromiso lo hace en respuesta a las quejas de los padres de familia, que se ven obligados a cubrir las cuotas en escuelas públicas con el argumento de que si no lo hacen no les entregarán documentos a sus hijos.

    Recordó que se trata de adicionar un capítulo al Código Penal estatal, donde se establece una pena de uno a seis años de prisión y de 20 a 200 días de multa a quien por cualquier medio obligue a cubrir las aportaciones o cuotas de padres de familia, consideradas como voluntarias por las leyes en la materia.

    El también coordinador de la fracción del partido Convergencia en el Congreso estatal manifestó su preocupación por esa situación ya que esas conductas son recurrentes en los periodos de inscripción y reinscripción en las escuelas públicas de la entidad.

    «Es necesario que este tema no sólo se discuta en una comisión ordinaria del Congreso del estado, sino que también se invite a la sociedad afectada para que abiertamente opine sobre las cuotas escolares», enfatizó.

    Señaló que se ha detectado que las asociaciones de padres de familia cobran cuotas escolares a nombre de las instituciones educativas y abren cuentas en bancos y cajas populares, las cuales manejan de acuerdo a intereses particulares.

    Ante eso, confirmó su interés por que sea tomada en cuenta su propuesta de adicionar un nuevo tipo penal al Código en la materia, ya que con ello se busca apoyar a los padres de familia más vulnerables, que sólo pueden acceder a la educación pública gratuita para sus hijos

  • Desde el vaticano nuevo arzobispo para Acapulco

    El papa Benedicto XVI ha nombrado al mexicano Carlos Garfias Merlos nuevo arzobispo metropolita de Acapulco, Guerrero, según informó hoy la Santa Sede en un comunicado.

    Garfias Merlos (Tuxpan, 1951), hasta ahora obispo de Netzahualcóyotl (Estado de México), sustituye en el cargo a Felipe Aguirre Franco, quien ha presentado su renuncia al Pontífice por motivos de edad, de acuerdo con el canon 401/1 del Código de Derecho Canónico.

    Con estudios en Filosofía y Teología, el nuevo arzobispo de Acapulco, quien fue ordenado sacerdote en noviembre de 1975, es doctor en Psicología y Espiritualidad por la Universidad Intercontinental de México DF.

    Garfias Merlos ha desempeñado además varios cargos como profesor y ha sido secretario de la Organización de Seminarios Mexicanos, así como delegado episcopal para la formación permanente del clero de la archidiócesis de Morelia, Michoacán.

    Fue nombrado obispo de Ciudad Altamirano el 24 de junio de 1996, tras lo que fue transferido a la diócesis de Netzahualcóyotl en julio de 2003

  • 40 años a secuestro expres

    El borrador de la Ley Antisecuestros, que se debate en comisiones del Senado, asienta que se castigará con prisión de 15 a 40 años de prisión y de 500 a dos mil dí­as multa a quienes perpetren plagios exprés, â??desde el momento mismo de su realización, entendiéndose por éste, el que para ejecutar los delitos de robo o extorsión, prive de la libertad a otro.

    Lo anterior, con independencia de las demás sanciones que conforme a este Código le correspondan por otros delitos que de su conducta resultenâ?.

    Además, contempla penas de 25 a 50 años para los secuestradores que hayan sido integrantes de alguna institución de seguridad pública, de procuración o administración de justicia, o de las Fuerzas Armadas mexicanas, o se ostenten como tales sin serlo.

    También si tienen ví­nculos de parentesco, amistad, gratitud, confianza o trabajo con la ví­ctima o persona relacionada con ésta; a quien cause lesión, tortura, violencia sexual a la ví­ctima o incluso le provoque la muerte