Etiqueta: amparo

  • Y se le va el amparo al SME se quedan, solos

    El juez sexto de distrito en materia de Trabajo en el Distrito Federal, negó un amparo promovido por el Sindicato Mexicano de Electricistas (SME), con lo que se confirma que la Comisión Federal de Electricidad (CFE) no es patrón sustituto de los ex trabajadores de Luz y Fuerza del Centro (LyFC), lo cual había defendido la organización que encabeza Martín Esparza.

    De acuerdo con información de la Secretaría del Trabajo, el amparo había sido en contra de la resolución de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) que a su vez, negó el trámite a un procedimiento de huelga que presentó el SME en contra de LyFC, el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE) y la CFE.

    Cabe recordar que uno de los argumentos del sindicato para continuar con su demanda de reinstalación de trabajadores es la de hacer valer la figura de patrón sustituto, como uno de los derechos que les otorga la ley.

    Sin embargo, en su resolución, el juez de distrito consideró que ante la extinción de LyFC, ésta desapareció de la vida jurídica y únicamente conservó su personalidad para los efectos de su liquidación, que por Ley se encuentra encomendada al SAE, pero no por ello, este último puede ser considerado patrón sustituto de los ex trabajadores de LyFC agremiados al SME.

  • SCJN desetimo el amparo del SME por LyFC

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la constitucionalidad del decreto de extinción de Luz y Fuerza del Centro (LFC), y negó el amparo que promovió el Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) contra esta decisión de octubre de 2009.

    Por unanimidad y de forma recurrente, los integrantes del máximo tribunal del país confirmaron de forma práctica cada uno de los argumentos expuestos en marzo de este año por la juez de Distrito, Guillermina Coutiño Mata, quien negó el amparo que promovió el sindicato contra esta decisión del Ejecutivo Federal.

    De esta manera, los ministros avalaron el proyecto que puso a consideración del pleno Juan Silva Meza, quien propuso negar el amparo al SME, organización laboral que demandó el amparo en contra de la extinción de la paraestatal, por considerar que el presidente, Felipe Calderón, no tenía facultades para emitir el decreto.

    Previo a esta discusión, la Corte resolvió que los trabajadores no están facultados para promover recursos contra la extinción de la paraestatal, y que en caso de que no se respeten sus derechos laborales, los electricistas pueden recurrir a las instancias correspondientes a fin de hacerlos valer.

    Entre los puntos más importantes, que se desahogaron en una sola sesión, la Corte confirmó que el Ejecutivo Federal sí tiene facultades para extinguir un organismo descentralizado, además el punto relativo a que no existió violación a la garantía de audiencia previa de los trabajadores, por la extinción de LFC.

    Con una decisión unánime, los integrantes del pleno subrayaron que de acuerdo a la ley relativa a las entidades paraestatales, el presidente de la República sí puede decidir la extinción del organismo descentralizado cuando su funcionamiento ya no resulte conveniente.

    Con esta decisión de la Suprema Corte, el caso fue resuelto en definitiva y no queda ningún recurso jurídico para revertir el decreto de extinción, publicado el 11 de octubre de 2009, pues los diversos recursos que promovieron legisladores, también fueron desechados en días pasados

  • Revisan derecho de amparo los diputados

    Las comisiones unidas de Derechos Humanos y de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados analizan con ministros de la SCJN y el ombudsman nacional Raúl Plascencia, reformas a las leyes de Amparo y Derechos Humanos.

    En el Palacio Legislativo de San Lázaro, el ministro en retiro Genaro Góngora Pimentel, rechazó la minuta del Senado que pretende, dijo, quitarle a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) la facultad de investigar violaciones graves a las garantí­as individuales.

    â??No me parece correcto que en esta forma se le quite a la Corte (esta facultad), nunca se nos preguntó a los ministros sobre estoâ?, subrayó.

    Recordó que en su momento el ex presidente de la Corte, Mariano Azuela, pidió que dichas facultades se le confirieran a la Comisión Nacional de los derechos Humanos (CNDH), tal y como lo plantea la propuesta de los senadores.

    â??Pero la opinión del presidente de la Suprema Corte no es la opinión de todos los ministrosâ? recalcó

  • Manuel Bartlett amparado, pobrecito

    Las afrentas entre legisladores podrí­an terminarse. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las agresiones verbales de los diputados y senadores se considerarán daño moral.

    Por mayorí­a de ocho (de diez) votos los ministros decidieron lo anterior al otorgar un amparo a Manuel Bartlett Dí­az contra el panista Germán Martí­nez, quien lo acusó de ser culpable del fraude electoral de 1988.

    Durante una sesión del Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE), el 31 de mayo de 2006, el ex presidente del PAN confrontó a Bartlett y lo culpó de la caí­da del sistema durante las elecciones de 1988, y del asesinato del periodista Manuel Buendí­a.

    Los ministros aseguraron que con estos dichos se cometió agravio contra Bartlett Dí­az.

    Entrevistado en la sede de la SCJN, el priista pidió que se le reestablezcan â??un buen nombre y una buena imagen.â?

    Las opiniones de los diputados no podrán juzgarse cuando se emitan dentro de un recinto legislativo y cuando se encuentren en su carácter de diputados. Sin embargo, las acusaciones realizadas en cualquier otro lugar constituyen daño moral, según la SCJN.

    Con esto, la Suprema Corte puso lí­mites al fuero entre los legisladores en un juicio que enfrentó a dos polí­ticos con rivalidad histórica. En marzo de 2009, el priista se refirió al panista como â??el hombre más torpe que habí­a conocidoâ?.

    Excélsior publicó ayer que la propuesta del alto tribunal serí­a a favor del ex secretario de Gobernación.

    La decisión de la SCJN de que los senadores y diputados federales sí­ pueden ser reconvenidos por las expresiones que realizan, generó ayer reacciones opuestas entre senadores del PRI y el PAN

  • Se niega amparo al SME

    Se quemó la última carta de la compañí­a Luz y Fuerza del Centro (LyFC). Por improcedente, la juez Guillermina Coutiño Mata negó de manera definitiva un amparo a los trabajadores de la compañí­a, quienes pedí­an no ser afectados por el decreto presidencial de extinción de la empresa.

    â??Después de analizar los argumentos propuestos por la parte quejosa se llegó a la conclusión de que no son inconstitucionales, y por ello se negó el amparoâ?, dice la sentencia.

    Aseguró que las declaraciones del Presidente de la República sobre el tema no limitan ni restringen los derechos de los más de 40 mil trabajadores que perdieron su empleo ayer hace dos meses.

    â??(El decreto) no tiene como finalidad directa e inmediata privarles de su fuente de empleo, sino que se trata de un medio para evitar que siga funcionando una entidad pública que no cumple de manera eficiente con el objetivo de interés público y social para el que fue creadaâ?, aseguró la titular del Juzgado Primero de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región.

    Respecto de las secretarí­as de Gobernación, del Trabajo, Hacienda y de la Comisión Federal de Electricidad, la juez argumentó que no se demostró que estas autoridades despidieran a los afectados.

    â??La propuesta formulada por el secretario de Hacienda, al Presidente de la República, de extinguir Luz y Fuerzaâ?¦ no afectan el interés jurí­dico de la parte quejosa (los empleados), ya que la emisión del decreto reclamado es un acto propio del Ejecutivo Federalâ?, aseguró la impartidora de justicia.

    Además, recalcó que â??los empleados no tienen derecho a que un organismo descentralizado, cuya operación no beneficia a la población y perjudica las finanzas públicas siga subsistiendo, con el propósito de que conserven la fuente de su empleoâ?.

    A principios de noviembre pasado, Coutiño Mata falló en favor del Sindicato Mexicano de Electricistas (SME), pues otorgó una llamada suspensión provisional, con lo que se validó la relación entre los trabajadores y su sindicato.

    Sin embargo, esta semana, la misma juez negó a los trabajadores que no tomaron su liquidación el derecho a la seguridad social

  • La corruptelas de Aviacsa

    Es muy delicado lo que en aeronáutica se maneja, por ello, hay criterios sumamente estrictos los cuales hay que cumplir para no solo tener un avión en México, sino también, con mucha mas razón el prestar el servicio de transporte aéreo.

    Es por ello que en la controversia que suscitó la suspensión de permisos para volar a la aerolínea Aviacsa, debe ser llevada hasta sus últimas consecuencias.

    ¿Que ocurre?, bien a grosso modo, sucede que la SCT revoco el permiso de vuelo a Aviacsa y la empresa en tierra tres días, tuvo sus 25 aviones en tierra, hasta que consiguió un amparo a través de un juez en San Luis Potosí, mismo que hace un año le diera otro amparo para seguir volando y trabajando por adeudos a diferentes instancias.

    La empresa (Aviacsa) argumenta entre muchas otras cosas, que la SCT quiere cerrar la empresa para dejar a Interjet o Volaris su lugar en el AICM, pero la SCT ahora si ha respondido y expuesto que a raíz de la revisión extraordinaria en Abril, se detectaron 250 y mas anomalías de mantenimiento lo que es un peligro para quienes viajan en dicha empresa, NO por los adeudos de mas de 500 millones de pesos que Aviacsa tiene.

    Así que, la SCT esta responsabilizando a este juez de San Luis Potosí así como a los directivos de Aviacsa por poner en riesgo a la gente y seguirá luchando por dejar a la empresa en tierra en lo que el área de mantenimiento no corrija las anomalías, usted sabiendo todo esto, ¿que opina?

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  • Descanse en Paz, Dr Ignacio Burgoa Orihuela

    La muerte de cualquier persona, es lamentable; pero cuando mentes lucidas, coherentes, con inteligencia y además, doctas en alguna rama del conocimiento al grado de ser reconocidos no solo por su pueblo, sino también por instituciones de otros países, duelen un poco más.
    ¿Cómo se le dice adiós a un Maestro?
    Estando en su homenaje y recordándole, por eso estas líneas el día de hoy están dirigidas a uno de los pilares del Derecho en México, el único Abogado Constitucionalista reconocido a nivel internacional y que exporto el pensamiento del amparo jurídico a otras latitudes, uno de los últimos valuartes del siglo XX en derecho que México a dado.
    Dr Ignacio Burgoa OrihuelaA las 10am del día de ayer, en la Universidad Nacional Autónoma de México, UNAM, se hizo un ultimo adiós a quien acumulo mas de 50 años de profesorado en la facultad de derecho, quien, por cada año, forjó una nueva generación de abogados, quien vio pasar frente a si, a tantos y tantos y tantos nuevos abogados.
    Murió a los 87 años, un paro cardiaco o cardio respiratorio, la causa es natural.
    De sus libros que escribió varios y fue de los formadores de la Constitución comentada del Instituto de Investigaciones Jurídicas en la cual, cada articulo de la Carta Magna, es tranquilamente historiado, comentado, analizado del porque en su redacción, de antigua forma y además, acciones posteriores, una joya para el estudiante de Derecho en México.
    El Doctor Burgoa fue considerado el írey del amparoî, pero explicare que es esto antes de seguir.
    México como una nación, tiene un sistema positivista de derecho, esto es, en palabras someras, en que lo que esta escrito es ley y lo que no, esta permitido; hay una salvedad, en cuestión de interpretación de leyes, la única que es mediadora en esta materia es la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
    Así es como, en el siglo XIX el proyecto de íjuicio de amparoî nace en la Constitución Local Yucateca como una herramienta con la que cuentan los ciudadanos para defender sus derechos primigenios ante la autoridad misma.
    Esto fue en 1840, y es que la Corte Suprema Yucateca decidió íampararî a ciertos ciudadanos para proteger sus derechos más primordiales ante acciones de la autoridad o, leyes.
    Y es que en los tiempos post independentistas del siglo XIX en México, se tenia que poder sentar las bases para una nación fuerte, lo primero, fue un pensamiento Humanista que es una gran aportación de México al Derecho Mundial, ya que Hombres y Mujeres son considerados como individuos y protegidos por la Ley como iguales (teóricamente, pragmáticamente, bueno… faltaba mucho para eso), ya que en el caso (ya que mis detractores podrán señalar aquí, ambig¸edad) de la Carta de los Derechos del Hombre y Ciudadano de 1789, solo hablaba de los derechos del Hombre, pero no de la mujer, en el caso de la actual Quinta Republica (Francia pues), la Mujer entro en el proceso jurídico después de 1875 que, al igual que en México, fue en letra ya que en los hechos, fue mucho tiempo después.
    Así es como, desde la Constitución política de 1857 se ve esto y por ello, ya en forma, en la Constitución que arrojo la Revolución de 1910 en 1917 se puede hablar de reforma laboral, de estado y, se tienen las garantías individuales o derechos primigenios respetados por la máxima ley del país, en sus primeros 29 artículos que hablan de educación, tenencia de tierra, libertad, pena de muerte y mutilación, libertad de credo, prohibición de retroactividad de la ley, etc.
    Así es como ya en la Constitución de 1917 se reglamenta las controversias en las cuales se pueden permitir acciones contra garantías individuales previamente con orden judicial expresa, esto lo vemos en los artículos 103 y 107.
    Así es como la Ley de Amparo, es sin lugar a dudas, una herramienta que permite a individuos poder estar a salvo de actos y leyes que la autoridad ejerza.
    El Dr. Burgoa fue considerado íel rey del amparoî ya que fue de los grandes estudiosos en cuanto a la Constitución de México y su proceso histórico de evolución jurídica, preocupado siempre por el respeto a la sociedad, sean o no ciudadanos Mexicanos los que bajo su manto protector, estuvieran.
    Se le dijo así ya que en varias ocasiones defendió no solo particulares, sino Estados de la Unión ante el poder central en cuestiones de laudos, presupuestos, limítrofes, etc. promoviendo acciones de inconstitucionalidad haciendo que los casos derivaran en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para de ahí, sentar precedencia en futuros casos jurídicos.
    Sus clases fueron siempre de memoria, su libro sobre el Derecho Constitucional Mexicano es para cualquier estudioso del Derecho, una almohada con la que se íduermeî de acuerdo al plan de estudios del colegio o universidad en la que se curse Derecho, de uno a tres semestres.
    El Dr. Burgoa fue un amante de los textos Cervantinos, de hecho, tenia en su biblioteca personal, mas de 64 volúmenes diferentes de la obra del manco de Lepanto, hacia que sus alumnos leyeran el Quijote para que supieran, cuestiones de ética, moral y justicia que explicaba tranquilamente desde su escritorio en el aula que le asignaran para dar clase.
    Fue Juez Federal, y siempre deseo estar en la mas alta Corte del país, pero no pudo mas por deficiencias en el sentido de la elección de los Magistrados.
    Se ha ido un gran abogado, como muchos otros, y de esos que solo hay uno o dos en un siglo, deja un hondo vacío en el corazón jurídico de México pero al menos, descansa ya.
    In Memoria, Dr. Ignacio Burgoa Orihuela (1918 ñ 2005)
    Descanse en paz.
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