Leyendo sobre la reforma judicial que he mencionado aquí un par de ocasiones, puedo reflexionar que tipo de país es el que parece se esta cuajando.
Se esta armando con las bases de las reformas un país que necesitara revisar y adecuar de nuevo, dentro de un lustro.
La reforma al ISSSTE aunque se clave que es la salvación para el instituto, es un poco de oxigeno, hay mas de 600 mil amparos interpuestos por trabajadores para que no se les aplique y que, hay que revisar caso por caso.
Esta reforma en menos de una década tiene que írsele haciendo ajustes para los trabajadores que este aplicándoseles, tengan oportunidad de que sus casos sean vistos.
La reforma electoral, aunque viene ya con el aval de los tres principales partidos políticos que se han encargado de manosear al instituto lo que se les ha antojado, ya esta siendo descalificado por el «Mesías» de López Obrador.
Basta de ese protagonismo que en nada ayuda al país.
La reforma hacendaría que si bien fue en demasía concensuada, platicada y negociada, ahora esta enfrentando 6 mil amparos de parte de empresarios y claro, el repudio de muchos otros que ven como triunfo el no se le de recursos al país para ir enfrentando los retos que se están presentando.
Se habla ya de la energética y ha sido aprobada en comisiones la judicial.
La energética jamás me cansare en decir que es solo para PEMEX, me encantaría que tocaran temas como la liquidación de Luz y Fuerza del Centro, así como sanear la Comisión Federal de electricidad, ver el proyecto de apoyo para biocombustibles, apoyo a productores de energía renovable a pequeña escala, etc.
Solo la manosean creyendo que asociación, es privatización en PEMEX.
De 10 litros de gasolina, importamos 4 y quizá pronto 6.
Y ya la reforma judicial que fue aprobada y que viene noslleva a preguntarnos, ¿necesitamos llegar a ello?
Se los digo ya que mas que solucionar problemas de rezagos en los tribunales, permitirá la oralidad de ciertos juicios (claaaro, no todos, digo, así no se puede atender uno de homicidio culposo sin los debidos peritajes) lo que destrabara muchos juzgados, pero no otorga al poder judicial de la federación de un presupuesto mínimo para el trabajo y con ello diseñar planes y programas.
Cada año la Suprema Corte de Justicia de la Nación esta armando su presupuesto, cuando los diputados lo revisan siempre le rasuran y sale menos de lo que se esperaba.
Y en un sexenio donde el combate al crimen organizado pide recursos, pues los jueces y ministerios públicos también están recibiendo tiros y siendo muertos.
Un porcentaje del Producto Interno Bruto seria la solución, pero nadie lo ve así.
De ese libro blanco que entregara uno de los magistrados mas polémicos que hay en la suprema corte de justicia, Genaro Góngora Pimentel, lo diseñó y ahora no queda casi nada.
Si, este país esta siendo construido no para el futuro, sino para pasado mañana y lo peor de todo, es que nadie quiere darse cuenta y peor, parece se hiciera algo malo buscando arreglar las cosas vía reformas estructurales.
De ahí mucho de lo poco en el trabajo legislativo.
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Categoría: Poder Judicial
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Reforma Judicial que en el senado, no cuajaron
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La corte, el IFE y los Diputados
Lastima, hay veces en las que se gana, hay ocasiones en la que sencillamente no se gana.
La Suprema Corte de Justicia de la nación desecho entrar a fondo en el alegato sobre que el IFE (Instituto Federal Electoral) tiene o facultades para recortar el presupuesto a los partidos políticos, si es que le reducen el presupuesto desde el congreso de la unión.
Hagamos un poco de historia.
Sucede que con motivo de la polémica alcanzada después de la jornada electoral del 2 de julio, muchos partidos (ok, el FAP (Frente Amplio Progresista) que esta conformado por PRD, PT y Convergencia junto con el PRI) se dijeron íagraviadosí® ante un IFE que carece de liderazgo y sentido ante la sociedad, así que siendo no año electoral (caray, si tres gobernaturas son pocosí?) y con los planes de íausteridadí® (¿Cuál austeridad?, cuando los diputados se suben 18 mil pesos el salario, pagan cerca de 64 millones de pesos por seguro de gastos médicos mayores cuando esta el ISSSTE y por ello, están fuera de la realidad, gastan hasta 7 milpesos en peluquería en el palacio legislativo al mes por diputado, tienen dieta de dos asistentes de hasta 20 mil pesos por cada uno que muchas veces usan en secretaria y chofer, auto, celular y viajes de su entidad al DF pagados por nuestro erario, así que sin meterme en tantas cosas, ¿Cuál fregada austeridad?) pues la reducción al IFE en su presupuesto.
Y es que tanto PRI como PRD querían comenzar a hacer presión para que el IFE viera que no debía multar por mucho dinero a los partidos políticos por sus excesos en el gasto de la jornada electoral del 2 de julio; así que para empezar pregonaron el cambio de los consejeros del IFE, así como también, al consejero presidente.
¿Por qué?
Si bien Luís Carlos Ugalde tuvo un vacío de presencia el pasado 2 de julio, hizo bien su trabajo dentro de los lineamientos que marca la ley.
Aquí hago un alto, muchos podrán decir que Carlos Ugalde no salio a las cámaras cuando México lo necesito, mentira, salio en los tiempos en que estaban pactadas conferencias, no cuando la gente quisiera, que el PRD se adelanto a cantar victoria y demás, es otra cuestión.
Desde meses antes de las elecciones presidenciales, venia diciendo Yo que se le estaba cargando la mano al IFE conminas de un descrédito en caso de que los resultados no gustasen.
Ejemplo, con lo del voto foráneo, ni el IFE ni el sistema de correos mexicano, tenían tiempo, recursos y facultades acotadas en la ley para instrumentarlo y menos con año y medio de tiempo, ah pues los legisladores del pasado periodo dijeron que si y de un plumazo, validaron el voto en el extranjero, ok, pues de millones de personas se hizo el calculo (solo en EEUU se habla de que hay cerca de 12 millones de mexicanos) que solo 2 millones de personas si se inscribían y les interesaba, votarían; de esos no llego siquiera a la cifra de 30 mil votos.
¿De quien es la culpa? Del IFE claro esta, ¿porque? Porque no hizo el trabajo de informar de conducir y orientar a los mexicanos en el extranjero.
Pamplinas, esos son argumentos piteros sobre como desestimar el trabajo de una institución que esta ciudadanizada y que poco a poco le han ido perdiendo el respeto los partidos políticos debido que han ido viendo que de acuerdo a nuestro sistema legal, lo no escrito esta permitido así que la búsqueda de recursos vía líneas telefónicas ciertamente no esta señalado en el código de procedimientos electorales, y aunque muy criticado es legal por vacío, que López Obrador tuviera su línea donde la llamada costaba 15 pesos o 30 el minuto, como sea, y la gente llamara con cargo a su recibo telefónico para brindarle recursos.
Si, la reforma electoral hace falta.
Pero también hace falta de que sean honorables (ok, se vale soñar, ¿vale?) los partidos políticos que desde que vieron que el IFE pretendía recortar las dietas a los mismos (en México nuestra democracia es cara por una sencilla razón, somos tan desconfiados sabiendo que somos tan corruptos que por eso ponemos tantos candados que hacen suban los costos de nuestros procesos políticos, el mas caro es el mantenimiento de los partidos políticos) y ellos se ampararon y contravinieron con puntos de acuerdo esta decisión, ¿Por qué? Ellos mismos no iban a permitir que el IFE les recortara su dinero, luego entonces, se hizo la controversia constitucional.
Los alegatos fueron ciertos, yo respeto a la SCJN, pero entonces va siendo tiempo en que se vean las carencias en el congreso cuestión que no hacen, cuando es algo del congreso y viene de la suprema corte de justicia, lo toman con calmaí? ya tienen la ley Televisa o ley de medios en la mesa de nueva cuenta y vean, no se ha convocado a comisiones para ir desahogando los artículos que fueron descalificados por ser anticonstitucionales.
Bueno, un órgano como el IFE, desde el principio, no tiene facultades para poner una controversia constitucionalí? desde ahí lo demás, es poca cosa, pero bueno, además, la corte no puede ir mas allá de la ley escrita y su espíritu, puesto que cae en el problema de que quizás pueda legislar, y eso lo hace el poder correspondienteí? absolutamente valido, porque no se puede crear ley mas allá de la que ya existe.
Por ultimo, aunque nos guste o no la ley escrita es la que vale, y el IFE no puede pedir vía corte suprema que la ley escrita no se respete, lo que puede hacer el IFE es hablar con los partidos políticos y negociar su propio presupuesto, pero luego de las multas por spots no reportados solamente en los medios de comunicación, dudo los partidos políticos gusten escuchar al IFE para siquiera, el presupuesto del próximo año.
¿Conclusión?
El IFE pierde (y respetara como ya dijo su consejero presidente aunque no le agrade el fallo) este movimiento, ganan los partidos en la cámara de diputados y os ciudadanos, nos quedamos como estamos, gastando millones de millones pesos en nuestra política.
Anótense en un apartado, que urge dentro de la reforma del estado, la reforma electoralí? aunque aquí entre nos, el PRD quiere usar el IFE como moneda de cambio, ¿Cómo es esto? Simple, avalara cualquier cambio en el IFE siempre y cuando provenga de sus filas la idea a cambio de reconocer y fortalecer el órgano Federal Electoral.
No pues así hasta Yo..
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Ley Televisa, ¿que dijo la Corte?
La semana pasada la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio por concluida la acción de inconstitucionalidad promovida por ex congresistas contra las reformas a la Ley Federal de Radio y Televisión (mejor conocida como Ley Televisa) confirmando la revocación de algunos artículos.
Muchos se quedaron con cara de ¿what?, ¿y ahora?, jejeje entendible, la ley se seguirá aplicando salvo los artículos que ya fueron señalados como anticonstitucionales, así que el congreso de la unión, tiene trabajo pendiente.
Y es que en este caso en especifico muchos intereses estaban de por medio, recordemos que la ley Televisa fue el año pasado una sorpresa aunque tenia años trabajándose, ¿Por qué? Sencillo, en año antes del proceso electoral un regalo así a los dueños de comunicación, tenia que ser recompensando de alguna manera, desde la secretaria de gobernación, Santiago Creel (ahora, uno de los mas feroces enemigos de la ley Televisa) cabildeo a favor de esta malograda ley, para tener los favores de la televisora para el PAN (y soñaba aun ser el candidato del Blanquiazul), López Obrador giro instrucciones para que Pablo Gómez desde la cámara diputados, diera luz verde a la ley Televisa sin mucho ruido, ya que deseaba evitar malos comentarios en tiempos de campaña sabiendo que el Estado podía ganarle en espacios de opinión (ya tenia diseñada su estrategia de no dar muchas entrevistas ni aparecer mucho con periodistas, estrategia que le resto muchos votos) y Roberto Madrazo tuvo que tragarse los señalamientos de Manuel Barlett en el senado pero aun con todo, dijo que el tricolor votara a favor para así, conseguir buenas pautas de medios en el futuro, claro, aun no estaba claro si era Madrazo, Jackson y Montiel estaba siendo quemado en su imagen.
Todos tenían un porque, y así salioí? hora, se echo atrás.
Con la polémica generara, era lógico los reflectores de los medios de comunicación, lideres de opinión, periodistas, juicios de la sociedad, todos, estuvieran viendo el actuar de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por ello, el ministro presidente, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, tuvo que dar un discurso luego de la votación final para dejar en claro que la SCJN íno hace política, pero incide en la política de manera absolutamente apartidista e imparcialí®.
Solo por si había dudas, ¿queda claro?
Escuche personas que dijeron, ísi ya la corte señalo que estaba mal, pues que diga como reparar el hechoí®, pero es imposible, el poder judicial no tiene la facultad (aunque se pretende en el futuro con la reforma al mismo) de emitir proyectos de ley, eso es facultad exclusiva del congreso de la unión (cualquiera sus dos cámaras).
Hemos salido al paso de la ley Televisa, y se llama así ya que se confió de que un abogado de la televisora, casi dicto puntos y comas de cómo debería quedar los artículos a algún senador postulante, pero la Corte Suprema aun tiene casos muy difíciles que le harán de nueva cuenta estar bajo los reflectores, ¿Qué me dicen del caso Lidia Cacho?, ¿quizá sea de menor monta sobre violación de derechos humanos en Oaxaca? Si, aun hay mucho trabajo.
Pero dejemos en claro que de los 46 artículos involucrados en la reforma aprobada en 2006 por el Congreso, 16 fueron impugnados y ocho resultaron afectados total o parcialmente por las resoluciones de la Corte, 18% mas o menos se debe re escribir, de ahí que el senado este pensando pedirle al actual ejecutivo, un ante proyecto de nueva ley, para ver que propone.
Como si el ejecutivo no tuviera tanto trabajo, ¿cierto?, pero bueno, siendo inatacable la resolución emitida ya por parte de la corte mas alta del país, resta ser respetuosos (como ya lo pronunciaron) ambas partes en conflicto (medio de comunicación y, postulantes de la controversia que la corte resolvió) y esperar nuevas versiones de la reforma de este reforma.
Queda claro algo, ni el congreso tiene prisa por lo que parece, ni el ejecutivo ni los medios de comunicación, ¿Por qué?, porque no hay refrendo de conseciones por revalidarse en los próximos 5 años, así que muchos pueden dormir tranquilos, lo que si, es que la situación como esta no puede quedarse así, bueno, si puede pero no debe, es una ley amorfa e incompleta, que parece ser que a nadie le importe, es diferente, ¿no es así?
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Revez a los padres desobligados
Ahora si, todos aquellos padres que crean que la pensión alimenticia se extingue con la mayoría de edad, déjenme decirles que en México al menos, la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) acaba de resolver que el derecho de los hijos a recibir una pensión alimentaría no se extingue cuando alcanzan la mayoría de edad, siempre y cuando continúen con sus estudiosí? con ello, muchos padres (ellos y ellas, ya que quedo claro también hace un mes y días, que el varón puede solicitar pensión si su ex mujer gana mas que el) podrán contribuir al futuro de sus hijos, aun cuando creían que se salvarían llegando a la edad legal para votar en México.
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Primero de Diciembre, toma de poder del Lic. Felipe Calderon Hinojosa, Presidente electo de Mexico
Se cierra un ciclo mas, ha llegado el momento en que se haga el cambio de poderes en Mexico, la banda presidencial que es la detentora de lo que significa la voluntad popular en las urnas, sera entregada hoy por Vicente Fox a su sucesor, Felipe Calderon.
¿Es asi de facil?
No, lamentablemente no, aunque Yo creia que si, dejando atras los tiempos de los actos faraonicos en que las pleitesias al señalado y ungido como heredero del poder politico en Mexico aun sin importar la voluntad del pueblo, se hacian cada seis años.
No pocos han de creer que sigue siendo una ceremonia costosa y quizas, hasta cierto punto, inutil, pero lo que sucede es que aun habiendo actos protocolarios en los que se simboliza algo como el cambio de poderes entre presidentes, es mandato de Ley en Mexico y por ende, debe acatarse.
Cito el articulo Constitucional numero 87 que a la letra versa asi:
«Articulo 87. El Presidente, al tomar posesion de su cargo, prestara ante el Congreso de la Union o ante la Comision Permanente, en los recesos de aquel, la siguiente protesta: «Protesto guardar y hacer guardar la Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen, y desempeñar leal y patrioticamente el cargo de Presidente de la Republica que el pueblo me ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Union; y si asi no lo hiciere que la Nacion me lo demande.»
Esto, podria no gustarnos a muchos, quizas y hasta en desacuerdo estamos, pero es la ley que rige aun la Nacion en la que vivimos los Mexicanos, la catalogada por nosotros como Patria y que, dentro de los estatutos del Derecho, viene, este articulo, contenido en la maxima Ley del pais, la Carta Magna o constitucion.
Asi que hoy primero de diciembre, segun los que saben un poco mas que un servidor en materia de leyes, ya tenemos nuevo presidente.
Los puristas dicen que debe ser la toma de protesta en el palacio legislativo de San Lazaro, frente al pleno del congreso de la union, con el gabinete legal y ampliado y claro esta, invitados especiales.
Los no tan puristas hacen mencion que mientras el presidente entrante y saliente esten con el presidente de la camara en turno (camara de diputados), el del senado y de la suprema corte de justicia aunque fuera en un cuarto de baño, hay cambio de poderes.
Segun corrobore con un Abogado Constitucionalista (como extraño de verdad, en situaciones como esta, al Doctor en Derecho Constitucional Ignacio Burgoa Orihuela (1918 í?í 2005) quien tenia siempre, la respuesta exacta al problema planteado, creo que pasaran decadas antes de ver a otro como el), ambas posturas estan correctas, ya que los presidentes de las camaras (Diputados y Senadores) son los legitimos representantes de los senadores y diputados, asi que estando ellos, es mas que suficiente para cumplir con lo dicho en el articulo antes mencionado.
Ya hable en dias pasados sobre lo que podemos esperar hasta cierto punto del escenario del cambio de poder en San Lazaro el dia de hoy, si alguien desea verlo, aqui tienen el link «Posible escenario el proximo inicio de sexenio, ¿Que esperar?» í?¶ pero personalmente creo que mas alla de todo debemos velar los Mexicanos por la concordia en nuestro territorio; agotar los caminos de la paz y el dialogo antes de siquiera pensar en los de la represion y autoritarismo, pero eso si, nunca dejar de ver el camino en la legalidad de las acciones de estado; ya que jamas, pero jamas se le podria perdonar a un gobernante que torciera la ley para hacer lo «correcto», no por media verdad, es verdad lo que se dice, es una mentira sin mas.
De las promesas incumplidas por el saliente Presidente, bueno, prometo un post mas adelante; de tanta informacion nacional en el Blog, a mis amigos y lectores extranjeros, pido una disculpa ya que esto se da de vez en vez y este año se ha generado mas que nunca informacion que a muchos les interesaria saber pero no saben donde ver, asi que por ello mismo en este espacio, se tomo la decision de ponerla e irle dando seguimiento.
Inician los 100 dias que llaman de luna de miel del presidente entrante, ya sus gabinetes han sido presentados, y hablo en plural ya que se dividio el gabinete legal en 3, el economico (dar clic aqui), social (dar clic aqui) y de seguridad; las tres cruces que a mas de uno han crucificado y que tenemos los Mexicanos como lugares 1, 2 y 3 en la lista de pendientes del estado con la sociedad.
Señores que inicie el mandato de Felipe Calderon Hinojosa.
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Porquerias… Caso Lydia Cacho
Algunas ocasiones hemos oído de redes de trafico de material pornográfico que contiene imágenes lascivas de infantes de edad o, abusos; esto es algo auténticamente deleznable, pero creo Yo que aun se puede ser mas ruin sobre este mismo sentido.
Síganme.
Lydia Cacho (arriba) es una periodista (como algunos de mis amables lectores que aquí me visitan, señores, mis saludos) Mexicana que durante unos años investigo el caso de un pederasta en Cacún estando también como directora del Centro Integral de Atención a la Mujer en Cancún, Quintana Roo; entrevistando y cotejando información, de manera profesional y seria.
Su material se vio ya expuesto cuando salio a la venta el libro íLos demonios del edéní®, donde se habla de Jean Succar Kuri, empresario con nexos políticos del nivel de Miguel ¡ngel Yunes Linares (subsecretario de Seguridad Pública Federal) y empresarios como José Kamel Nacif, conocido como El Rey de la Mezclilla.
Esto además de que logro la huida y aprensión de Succar Kuri (abajo) en EEUU, desato la furia de un íselectoí® grupo de hombres de negocios, que están más podridos que una cloaca.
En diciembre pasado, la periodista Cacho fue aprendida en Cancún y llevada ante la justicia Poblana, ¿Por qué?, sencillo, Kamel Nacif levanto una demanda contra difamación en aquella entidad, y la juez quinto de lo penal en Puebla, Rosa Celia Pérez González, obsequio la íorden de aprensióní® para que fuera llevada ante las autoridades poblanas en aquel mes.
Diré aquí algo, que si bien va con un poco de sarcasmo, dará mayor luz sobre el caso.
La Señora Juez Pérez González es tan diligente como el que mas, ya que en diciembre, cuando casi todo el poder judicial en el país esta ya con un pie en las vacaciones, obsequio dicha orden de aprensión a los agentes de la policía judicial para presentar a Cacho y encerrarla aunque fuera por poco tiempo, le felicito, su acción casi deslumbra a mas de uno, YO entre ellos, que por tal razón, estuve pensando que quizás tendríamos en México a alguien tan diligente y capaz como el Sr. D. Baltasar Garzón Real, Magistrado-Juez del Juzgado Central de Instrucción Número Cinco de la Audiencia Nacional, del cual, mas de un juez o ministro, debería aprenderí? pero que bueno, que solo fue por un segundo lo que pensé así.
Ha cierto tiempo de dichos eventos, me extrañaba mucho el que una periodista por mas grave y lamentable difamación y calumnia hubiera hecho, no saliera bajo fianza misma que se fijo a las 24 horas de ser presa, así es como los periodistas en México comenzaron poco a poco a cerrar filas e investigar, el Martes se tuvo un poco mas de certidumbre y luz en este caso, que hoy a los que conocemos la Ley y no para brincarla (desobedecerla o pervertirla), indigna.
El periódico de tiraje nacional, La Jornada; hizo publicas dos conversaciones telefónicas que en otras naciones, bastarían para comenzar una investigación a profundidad y mas, en tiempos electorales donde se buscan resultados para íasombrarí® y íganarí® la atención de quienes no tienen mucho conocimiento político.
Pero en México, sirven solo para ípresionarí® y ya, quizás cuando mucho, íquemarí® (desprestigiar) a los involucrados.
¿Qué diablos dicen dichas conversaciones?
En una de ellas habla el íEl Rey de la Mezclillaí® Kamel Nacif con el Gobernador del Estado de Puebla, además de saludos coloquiales y fraternales junto con palabras altisonantes, el primero agradece al segundo los favores recibidos en este tenor:
«Yo te hablé para darte las gracias. Sé que te metí en un problema, pero… Y yo para darte las gracias te tengo aquí una botella bellísima de un coñac…»
Un Gobernador (abajo) que hizo presión para que una Juez pervirtiera la Ley y recibe una botella de Coñací? los mas finos que conozco, no rebasan los 2500 dólares de costo, así que no creo que dichos favores sean solamente pagados con una botella de coñac.
Pero lo peor de todo, es que no queda ahí; sino que el empresario Kamel Nacif en otra llamada que también se mostró, hace ver que a la periodista Cacho, se le había írecomendadoí® para que íTortilleras y las locasí® (tortilleras es un termino despectivo para referirse a las lesbianas, ahora, ílas locasí® según un conocido que tengo y llame para preguntarle, son aquellas mujeres que por un paquete de cigarrillos da una golpiza a una interna, si, son las que por su frialdad, parecen íenfermas mentalesí® y cometen actos ilícitos aun dentro del penal) le hicieran algo.
La situación fue así, otra persona no identificada le dice a Kamel Nacif (arriba): «Ahora págale a una mujer en la cárcel para que la viole», Nacif responde: «No, no, no. Si ya está recomendada». En otra conversación, con un sujeto llamado Hubert, Nacif afirma: «Ya le dije a Nakad. La pones con las locas y tortilleras». La sugerencia es que la periodista sería así agredida, la propia periodista el Miércoles 15 de Febrero en el noticiero matutino con Carlos Loret de Mola, dice que una Senadora le salvo de ser agredida ya que llegó cuando se le presionaba firmar una declaración de la Comisión de Derechos Humanos y después, se le iba íagredirí®.
Yo se en que país estamos, en el que representa según la ONU y otras ONGs como Reporteros sin fronteras la nación mas peligrosa en América para la profesión periodística, estamos donde los intereses van mas allá del espíritu de las leyes, estamos en un lugar donde cualquiera puede un día sufrir un levanton (secuestro en la calle con un auto que literalmente lo levanta) y aparecer muerto horas o días después, estamos en un país donde los policías que hacen su trabajo son gratificados cuando, es SU TRABAJO, donde la gente común y corriente que lo único que busca es vivir dignamente, busca la forma de sobrevivir y son los que sangrados por los legisladores y sus leyes absurdas, mantienen a este país, pero honestamente, YO no deseo un país así mas e iré a votar el próximo 2 de julio por mi candidato, ya que a través del derecho y los caminos conducentes, debemos hacer el cambio.
Ya que también, bajo la libertad que tienen los medios para proteger su fuente de información, se cometen irregularidades que me gustaría mucho las autoridades también revisaran, digo, La Jornada no tiene vela en este entierro, pero interceptar, grabar y dar a conocer información privada como son llamadas telefónicas y líneas generales de comunicación, es un delito federal, así que quien lo hizo y filtro dichas llamadas a la Jornada que fue quien las difundió y tiene en su poder, incurrió en un delito, no por ello, mostrando la vileza del empresario y gobernador Poblano, se libra de responsabilidad.
La Ley es para todos sin distinciones.
Va un reconocimiento para los periodistas éticos, comprometidos con su labor y además, que nos permiten conocer las bajezas de individuos en el poder que la gente común y corriente, como Yo, eligen para dichos puestos.
Espero en verdad la sociedad y autoridades federales, puedan ver que proceso seria el conducente para castigar al Gobernador de Puebla, al empresario poblano y la juez poblana, ya que seria lamentable no se hiciera nada y todo quedara, en nuestra bilis, ¿cierto?
Feliz fin de semana.
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Arraigo domiciliario, ¿constitucional?
Cuando se hacen bien las cosas, todo debe avanzar bien, cuando noí? tarde que temprano habrá que remediarlas.
Síganme.
La SCJN (Suprema Corte de Justicia de la Nación) acaba con dos tesis declarar inconstitucionales los arraigos penales; como quien dice, a la PGR (Procuraduría General de la Republica) acaba de darle un revés.
Desde hace unosí? mmmmí? ¿Qué será?, 10 años u 11, los arraigos o arrestos domiciliarios, existen y son cosa común en México, esto debe ser ex profeso vía orden judicial, verbigracia, debe mediar una orden de arraigo dictada por un juez.
Pero muchos en contra de dicha medida, se pronunciaron en contra puesto que se violenta así un derecho primigenio que es el de libertad de transito, expresado en la constitución en su artículo 16 que a la letra dice:
íArtículo 16. Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal de procedimiento.
No podrá librarse orden de aprehensión sino por la autoridad judicial y sin que preceda denuncia o querella de un hecho que la ley señale como delito, sancionado cuando menos con pena privativa de libertad y existan datos que acrediten el cuerpo del delito y que hagan probable la responsabilidad del indiciado.
La autoridad que ejecute una orden judicial de aprehensión, deberá poner al inculpado a disposición del juez, sin dilación alguna y bajo su más estricta responsabilidad. La contravención a lo anterior será sancionada por la ley penal.
En los casos de delito flagrante, cualquier persona puede detener al indiciado poniéndolo sin demora a disposición de la autoridad inmediata y ésta, con la misma prontitud, a la del Ministerio Público.
Sólo en casos urgentes, cuando se trate de delito grave así calificado por la ley y ante el riesgo fundado de que el indiciado pueda sustraerse a la acción de la justicia, siempre y cuando no se pueda ocurrir ante la autoridad judicial por razón de la hora, lugar o circunstancia, el Ministerio Público podrá, bajo su responsabilidad, ordenar su detención, fundando y expresando los indicios que motiven su proceder.
En casos de urgencia o flagrancia, el juez que reciba la consignación del detenido deberá inmediatamente ratificar la detención o decretar la libertad con las reservas de ley.
Ningún indiciado podrá ser retenido por el Ministerio Público por más de cuarenta y ocho horas, plazo en que deberá ordenarse su libertad o ponérsele a disposición de la autoridad judicial; este plazo podrá duplicarse en aquellos casos que la ley prevea como delincuencia organizada. Todo abuso a lo anteriormente dispuesto será sancionado por la ley penal.
En toda orden de cateo, que sólo la autoridad judicial podrá expedir y que será escrita, se expresará el lugar que ha de inspeccionarse, la persona o personas que hayan de aprehenderse y los objetos que se buscan, a lo que únicamente debe limitarse la diligencia, levantándose al concluirla, un acta circunstanciada, en presencia de dos testigos propuestos por el ocupante del lugar cateado o en su ausencia o negativa, por la autoridad que practique la diligencia.
Las comunicaciones privadas son inviolables. La ley sancionará penalmente cualquier acto que atente contra la libertad y privacía de las mismas. Exclusivamente la autoridad judicial federal, a petición de la autoridad federal que faculte la ley o del titular del Ministerio Público de la entidad federativa correspondiente, podrá autorizar la intervención de cualquier comunicación privada. Para ello, la autoridad competente, por escrito, deberá fundar y motivar las causas legales de la solicitud, expresando además, el tipo de intervención, los sujetos de la misma y su duración. La autoridad judicial federal no podrá otorgar estas autorizaciones cuando se trate de materias de carácter electoral, fiscal, mercantil, civil, laboral o administrativo, ni en el caso de las comunicaciones del detenido con su defensor.
Las intervenciones autorizadas se ajustarán a los requisitos y límites previstos en las leyes. Los resultados de las intervenciones que no cumplan con éstos, carecerán de todo valor probatorio.
La autoridad administrativa podrá practicar visitas domiciliarias únicamente para cerciorarse de que se han cumplido los reglamentos sanitarios y de policía; y exigir la exhibición de los libros y papeles indispensables para comprobar que se han acatado las disposiciones fiscales, sujetándose en estos casos, a las leyes respectivas y a las formalidades prescritas para los cateos.
La correspondencia que bajo cubierta circule por las estafetas estará libre de todo registro, y su violación será penada por la ley.
En tiempo de paz ningún miembro del Ejército podrá alojarse en casa particular contra la voluntad del dueño, ni imponer prestación alguna. En tiempo de guerra los militares podrán exigir alojamiento, bagajes, alimentos y otras prestaciones, en los términos que establezca la ley marcial correspondienteí®
Esta claro, ¿no?
Pero aquí había una laguna legal que hacia a las procuradurías estatales así como a las federal, el poder actuar, que versaba sobre el arraigar a una persona por cierto tiempo para que así la autoridad le tuviera vigilada y evitara su fuga como a la vez, pudiera armar un caso en su contra, en ocasiones no se reunía suficientes pruebas por mal trabajo judicial o porque sencillamente no era la persona que se buscaba o se deseaba fuera criminal, entonces se le dejaba libre con el consabido íusted disculpeí®.
Biení? así que uno podía pasar hasta 90 días encerrado sin estar en la cárcel, por orden de un juez, para que se le investigara, violentando así otro artículo, el de certidumbre jurídica.
Muchos perdían su trabajo de estos inocentes que eran detenidos, ya que no presentarse a laborar hasta por 90 días, era demasiado, pero y el desprestigio o daño moral que una persona sufría, ¿Qué?
Ahhh, la autoridad fue muy inteligente, en un inicio se llamó a esto arresto domiciliario, pero la palabra arresto ya definía una condición jurídica como producto de una causa que fue llevada ante un juicio, como aun no había tal proceso judicial, era incierto, así que le llamaron arraigo.
La figura del arraigo existe, puede ser símil de la detención preventiva, pero la detención preventiva puede durar hasta 72 horas y si es solicitada la ampliación de esta acción, se pueden 72 horas más, no 90 díasí?
Así que bueno, además, era un poco peligroso o injusto que a estas personas que en su mayoría eran narcotraficantes, sicarios o secuestradores, se les encerrara con sus lujos en sus casas en lo que abogados de la parte acusadora así como de la defensa, mediaban la situación del individuo en cuestión, así que se comenzó a utilizar ciertos hoteles (que en su mayoría eran moteles de paso) donde se le encerraba al individuo, no podemos decir mas que individuo o sospechoso por muchas razones, así que solo usaremos estas palabras, disculpen lo reiterativo o cacofónico que pudiera resultar a la hora de leer.
Pero al ser encerrados en hoteles, se podía de acuerdo al nivel de peligrosidad, fraguar una intentona de fuga o escape, así que la PGR compro un hotel en la colonia Doctores (imagen abajo), la cuala condicionaron, fortificaron y adecuaron para recibir a todo tipo de personas.
No es una prisión pero ni hay reglas como si lo fuera.
¿Entonces en que quedamos?, digo, la libertad de transito es una garantía individual que contiene México en su carta magna desde el siglo antepasado, ah pues sorpresa, se estaba violentando esta situación.
Así paso por hasta í? unos 5 años, de hecho hubo reformas en ciertos códigos penales, cosa que fue increíble, ya que la causa estaba siendo revisada cada vez por instancias mas altas y ya se había hasta legislado, digo, aquí es donde digo que el groso de los congresistas Mexicanos deberían ser abogados y no solo tinterillos que no entienden el alcance de las leyes que muchas veces ellos mismos reforman, hacen o destruyen.
Ayer ya por fin la SCJN dirimió este caso y concreto 3 tesis.
Para empezar, la del estado de Chihuahua, declarando que su código de procedimientos penales estaba mal ya que creaba una controversia de constitucionalidad anteponiéndose a la ley máxima de México al permitir arraigo penal.
Segunda, encontrando que el arraigo penal, violenta los artículos 16, 17, 18, 19, 20 y 21 de la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos se puede ya interponer amparos para las personas que están en dicha situación por ser una acción irregular de parte de la autoridad y, terceraí?
í? poniendo criterios para ciertos casos en donde el arraigo es necesario exclusivamente por la situación en que se encuentra la persona, por ejemplo, a distancia de cualquier juzgado, se le arraigara a la persona y llevara ante el juez lo antes posible, por mencionar una de las 6 posibilidades que se pudieran dar para arraigar a una persona pero no mas de 5 días.
Me pregunto, ¿sabrán nuestros políticos, congresistas, policías, ministerios públicos, etc., cuanto trabajo tiene la suprema corte de justicia para remediar los errores de ellos?
La causa, tardo cerca de 6 años en llegar a sus manos, medio año para revisión y dos horas de debates (vean de vez en cuando el canal de la Corte, es genial) para delimitar tesis, que ya estaban por si mismas aprobadas solo que eran necesarias salieran de sus manos para convertirse en ley.
Aunque esto no sienta, jurisprudencia, crea certidumbre de que se esta trabajando por la legalidad en México, y de ello, soy testigo en muchos casos, lamentablemente no en todo ni a todos llega, pero hay que creer en las leyes antes que en la inopia de las mismas.
¿No lo creen?
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Condenas de Cadena Perpetua, ¿en Mexico?
El Derecho fue creado como una herramienta del conocimiento humano, hace siglos, para poder regular la convivencia entre seres Humanos…
Aquel que rompe una regla, se hacia acreedor a un castigo, hoy en día es igual, solo que ya tenemos la madurez para saber mas o menos que cosas son graves, cuales no; que las penas corporales son ya innecesarias ya que contravienen a los Derechos Humanos, etc.
Creamos los Derechos Humanos, en base a la Carta de derechos del Hombre y el Ciudadano, que fue una declaración de principios de la Asamblea Constituyente Francesa, realizada el 26 de Agosto de 1789, que fue en pocas palabras, el prefacio a la Constitución de 1791.
Existen 3 familias de Derecho en el Mundo, la Romano Germánica, que esta en países como México y toda Latino-América, la del derecho consuetudinario o Commonwealth que se refleja en países como Gran Bretaña, Australia o Estados Unidos y, claro esta, la familia del Derecho ¡rabe, basado en ordenamiento jurídico del Islam, o Sharia.
Conozco la primer familia, esta basado en el proto-pensamiento de que la Ley debe dar a cada quien lo suyo, definición Romana de Justicia; la segunda, esta basada en el precepto básico de que el Derecho de la Comunidad creado y emanado de la Comunidad, no podrá equivocarse ya que, es emanado de la sabiduría del pueblo y su costumbre; el tercero esta basado en los ordenamientos religiosos del Islam que da las bases para vivir, Ley de Dios revelada por Mahoma.
Pero… esto no es una clase de Derecho, sino es ponernos en antecedentes un poco ya que en México, el Martes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, habla que imponer condenas de mas de 100 años, es equiparable a cadena perpetua y no contraviene los derechos humanos del individuo.
¿Modernidad?, no, a muchos le llamara la atención y creerán que es algo nuevo, pero lo que sucede es que jamás se había puesto en tela de juicio el tema en México, así que por primera vez, alguien levanto la mano pregunto, hizo movimientos legales y, la SCJN simplemente delibero, analizo y comento dando esta sentencia.
¿Cómo nace esto?
Ok, hace unos años (2001 para ser exactos) el clamor popular en Chihuahua, estado que se ha visto ensombrecido por las muertes de mujeres en Ciudad Juárez, levanto la voz para que en el Congreso Local, se tomaran cartas en el asunto ya que pareciera que todas las autoridades ignoraban el asunto o simplemente, no sabían ni que hacer; así que los legisladores bajo este interés popular, pusieron penas a ciertos delincuentes que cometieran equis delitos (narcotráfico, secuestro, homicidio con agravantes de ley y creo que parricidio, alguien ya me envió mail de porque se pena tanto el parricidio, eso amerita un post aparte, pero lo único que puedo adelantarle a esta persona, es que de acuerdo al derecho hay personas que JAMAS podrán hacerle daño a uno, por ejemplo, sus hijos, de ahí que este tan castigado ya que viene la lógica de tiempos de la Colonia Española en México y, esto fue también una situación protegida por la Iglesia ante los hijos íbastardosî entre indígenas y españoles, que cuando sabían quien era su padre, querían tomar venganza) y alguien, promovió una acción de inconstitucionalidad, ante tales penas, llegando así el caso las manos de los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Ok, ¿vamos bien?, sigamos.
Los que se inconformaron, fueron aquellos que tienen para pagar buenos abogados en su defensa, exactamente, los narcotraficantes; que no querían pasar 100 años o más, por la suma de sus delitos, así que se querellaron y fueron desde 2001, hasta el martes pasado, elevando la voz en diferentes audiencias hasta llegar a tratar el caso de inconstitucionalidad, con quienes son los únicos para interpretar la Ley máxima del país, los Ministros de la Suprema Corte.
El debate para quienes lo vimos, fue fantástico, se transmitió vía Tv. de cable, ya que la frecuencia del canal de la corte es UHF y no cualquier aparato en el DF lo capta, pero esta sentencia de reconocer que no es inconstitucional poner estas penas que son equiparables con la cadena perpetua; pone en la mesa dos aspectos interesantes:
1 Siendo el ejemplo Chihuahua, con sus reformas al código penal estatal, queda claro que en el ámbito federal y local, las autoridades que deseen imponer condenas que sumadas den mas de 100 años, se considera prisión vitalicia, y solo habrá que hacer las reformas a los códigos en cuestión.
… y,
2 Que los criminales que están apresados o no, pero cuyos delitos en otros países donde se les solicitara, se castigan con cadena perpetua, podrán ya ser extraditados, puesto que nuestro código penal y acuerdo de extradición dice, que un criminal no puede ser extraditado a un país donde la condena máxima de sus delitos es superior a las condenas de México. Así que si aquí hay equiparidad con la cadena perpetua y solicitaran a algún capo del narcotráfico que pudiera ser condenado a cadena perpetua en, digámoslo así, Miami, bye bye, ya no le detiene la letra escrita en el acuerdo de extradición ante este juicio que dicta la SCJN.
Claro, como en México la pena de muerte esta derogada, aquel que fuera solicitado por delitos que puedan acarrearle pena de muerte, no será extraditado.
Interesante, mucho, se sabe que penas más fuertes detienen los índices de criminalidad solo momentáneamente, se necesitan acciones de fondo para combatir realmente canceres de sociedad como narcotráfico u homicidas consuetudinarios, pero por algo, se inicia.
¿Cierto?
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